PARTICIPACIONES
IP. EMPRESA FAMILIAR. El TS deberá pronunciarse sobre el alcance en el IRPF del incumplimiento de los requisitos de la empresa familiar en el IRPF cuando la inspección inaplica el régimen de reducción en el ISD
El Alto Tribunal deberá aclarar si la pérdida de los beneficios fiscales en la empresa familiar impide la subrogación en IRPF y cómo afecta al cómputo de la prescripción tributaria.
Fecha: 11/03/2026 Fuente: web de la AEAT Enlace: Auto del TS de 11/03/2026
SÍNTESIS: El Tribunal Supremo admite un recurso clave para determinar si el incumplimiento de los requisitos de la empresa familiar elimina el diferimiento fiscal en IRPF y cómo afecta al plazo de prescripción, ante la falta de doctrina y la existencia de criterios contradictorios.
HECHOS
Nos encontramos ante un Auto de admisión del recurso de casación del Tribunal Supremo (ATS 2728/2026).
Hechos relevantes del caso
- Donación inicial (2010):
El contribuyente (D. Fabio) recibe participaciones sociales de su padre.- Aplica la reducción del 95% en el ISD (art. 20.6 LISD).
- El donante aplica la no sujeción en IRPF (art. 33.3.c LIRPF).
- Regularización posterior (2012):
- Donación inicial (2010):
La Administración autonómica elimina la reducción del ISD al considerar incumplido el requisito de ejercicio efectivo de actividad empresarial.
- El contribuyente acepta la regularización y paga (no se regulariza el IRPF)
- Venta de participaciones (2014):
El contribuyente transmite las participaciones y declara una ganancia/pérdida en IRPF tomando como referencia el valor de adquisición de la donación.
- Actuación inspectora (2016):
La Inspección:
- Aplica el régimen de diferimiento del art. 36 LIRPF (subrogación en valores del donante).
- Regulariza la ganancia patrimonial → liquidación de 620.612,71 €.
- Vía económico-administrativa y judicial:
- TEAR y TEAC: desestiman.
- Audiencia Nacional (2024): confirma la liquidación.
Objeto del recurso de casación
El Tribunal Supremo deberá aclarar dos cuestiones clave:
- Efectos del incumplimiento de requisitos del art. 20.6 LISD:
- Si impide totalmente el régimen de diferimiento del art. 36 LIRPF
- O si cabe aplicación parcial del mismo
- Dies a quo de la prescripción (art. 67.1 LGT):
- Si se computa desde la donación (2010)
- O desde la transmisión posterior (2014)
- Efectos del incumplimiento de requisitos del art. 20.6 LISD:
FALLO DEL TRIBUNAL
- El Tribunal Supremo ADMITE el recurso de casación.
- Declara la existencia de interés casacional objetivo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL AUTO
El Tribunal Supremo justifica la admisión en:
a) Ausencia de jurisprudencia
No existe doctrina consolidada sobre:
- La interacción entre:
- art. 33.3.c LIRPF (no sujeción)
- art. 36 LIRPF (subrogación)
- art. 20.6 LISD (empresa familiar)
- La interacción entre:
b) Existencia de criterios contradictorios
Distintos Tribunales Superiores de Justicia han resuelto de forma dispar.
c) Relevancia general
- Afecta a numerosas transmisiones de empresa familiar
- Impacto directo en:
- planificación fiscal
- continuidad empresarial
d) Cuestión sobre prescripción
Necesidad de aclarar el momento en que nace el derecho de la Administración a liquidar:
- Si con la donación (hecho inicial)
- O con la transmisión posterior (materialización de la ganancia)
CONCLUSIÓN
El Tribunal Supremo abre la puerta a fijar doctrina sobre un aspecto crítico en la fiscalidad de la empresa familiar:
- ¿El incumplimiento de requisitos del ISD invalida el diferimiento en IRPF?
- ¿Cuándo prescribe la acción de la Administración en estos supuestos?
La futura sentencia tendrá un impacto directo en la planificación de transmisiones familiares, especialmente en operaciones de sucesión empresarial.
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