NULIDAD DEL REGLAMENTO DE ACCESO A LA PROFESIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR
El TS declara nulo el Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 20 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura
Fecha: 17/12/2024
Fuente: web del Poder Judicial
Enlace: Sentencia del TS de 17/12/2024
Antecedentes y hechos
Impugnación del Real Decreto 64/2023
El Consejo General de Procuradores de España (CGPE) interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 64/2023, que regulaba el acceso a las profesiones de abogado y procurador, en desarrollo de la Ley 34/2006 y sus reformas.
Argumentaron que el procedimiento de elaboración del reglamento presentaba defectos graves, solicitando su nulidad total o parcial.
Defectos señalados por los recurrentes
Omisión de informes preceptivos:
Faltaba el informe del Consejo General del Poder Judicial, exigido para normas relacionadas con legislación procesal.
Deficiencia en el análisis de impacto normativo (MAIN):
No incluía un análisis adecuado del impacto en la competencia ni un test de proporcionalidad.
Régimen transitorio discriminatorio:
Establecía requisitos más estrictos para los procuradores que para los abogados en el paso de una profesión a otra.
Fallo del Tribunal
El Tribunal Supremo declara nulo el Real Decreto 64/2023 por los siguientes motivos:
Insuficiencia del análisis de impacto normativo (MAIN)
No se evaluó correctamente el impacto del régimen transitorio en la competencia ni en el mercado de servicios profesionales, contraviniendo las exigencias legales.
Omisión del informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
La norma se dictó al amparo del artículo 149.1.6ª CE, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de legislación procesal, lo que hacía preceptivo el informe del CGPJ.
Falta de test de proporcionalidad
El Real Decreto no cumplió con los estándares de la Directiva (UE) 2018/958 y su transposición al derecho español mediante el Real Decreto 472/2021.
Fundamentos jurídicos
Impacto en la competencia
La memoria justificativa (MAIN) carecía de un análisis riguroso del impacto del reglamento en la competencia profesional, como exige el artículo 26 de la Ley 50/1997 y el Real Decreto 931/2017.
El régimen transitorio restringía la movilidad profesional de los procuradores hacia la abogacía, generando barreras contrarias al principio de igualdad en el acceso.
Informe del CGPJ
El artículo 561.1.6ª de la LOPJ exige este informe en normas relacionadas con legislación procesal, como lo reconocía el propio Real Decreto en su exposición de motivos.
Directiva de proporcionalidad
El reglamento introducía requisitos que afectaban el acceso y ejercicio profesional, sin justificar adecuadamente su necesidad ni proporcionalidad, en incumplimiento del Real Decreto 472/2021.
Consecuencias de la declaración de nulidad
Suspensión del régimen transitorio
Se eliminan los requisitos diferenciados entre procuradores y abogados para acceder a la otra profesión.
Necesidad de un nuevo reglamento
El Gobierno deberá elaborar un nuevo reglamento que subsane los defectos señalados, respetando las exigencias de proporcionalidad, competencia e informes preceptivos.
Impacto en el acceso a las profesiones
Hasta que se apruebe una nueva norma, se aplicará el régimen anterior, lo que podría generar incertidumbre en la colegiación y el ejercicio profesional.
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