TITULAR EN CUENTA EN PLATAFORMA DE INVERSIÓN EN CHIPRE
MODELO 720. La DGT confirma que cuentas instrumentales en plataformas extranjeras deben declararse en el Modelo 720 con clave “C” y subclave “5”
Fecha: 11/09/2024
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Consulta V1950-24 de 11/09/2024
Hechos expuestos por el consultante
- Persona casada en régimen de gananciales es titular de una cuenta en una plataforma de inversión en Chipre.
- La cuenta no tiene código BIC ni NIF, pues la plataforma usa distintos bancos y servicios financieros para procesar transacciones.
- El consultante solicita aclaraciones sobre el correcto cumplimiento de la obligación de información sobre bienes y derechos en el extranjero mediante el Modelo 720.
Cuestiones planteadas por el consultante y respuesta:
- ¿Debe consignar un porcentaje de participación del 50% en las declaraciones de ambos cónyuges?
- Según el régimen de gananciales, los bienes comunes deben declararse por ambos cónyuges.
- Si la cuenta está formalmente a nombre de uno de los cónyuges, ambos deben incluirla en sus declaraciones, cada uno indicando su porcentaje de participación (50%).
- La esposa, aunque no figure como titular formal, es titular real de la cuenta según el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales.
- ¿Es correcta la opción “8” como clave de condición del declarante en la declaración de la esposa?
- En el Modelo 720, la clave de condición del declarante de la esposa debe reflejar su condición de titular real, utilizando la clave “8”.
- ¿Cómo debe rellenarse el Modelo 720 en ausencia de un código BIC y NIF?
- La cuenta en la plataforma de inversión en Chipre se considera una cuenta instrumental.
- Aunque no sea una cuenta bancaria tradicional, debe declararse en el Modelo 720, ya que cumple la definición del artículo 42 bis del RGAT: “cualquier cuenta o depósito dinerario, sin importar su modalidad o denominación”.
En ausencia de un código BIC o NIF:
- Se debe consignar la razón social o denominación de la entidad que gestiona la cuenta (en este caso, la plataforma de inversión).
- Clasificación de la cuenta en el Modelo 720: clave “C” y subclave “5” (otras cuentas).
- Rellenar el campo de identificación de la entidad con los datos disponibles de la empresa que mantiene la cuenta (e.g., nombre de la empresa y domicilio en Chipre).
Artículos legales aplicables y su relación con el caso
Artículo 42 bis del RGAT: Regula la obligación de información sobre cuentas en el extranjero, incluidas las instrumentales.
Disposición adicional 18ª de la LGT: Define los bienes y derechos en el extranjero sujetos a declaración.
Artículo 4.2 de la Ley 10/2010: Establece la titularidad real en contextos de prevención de blanqueo de capitales.
Referencias relacionadas
Consulta V2911-20: Criterios para declarar cuentas instrumentales en plataformas extranjeras.
Consulta V1525-13: Uso de clave “C” y subclave “5” en el Modelo 720 para cuentas en brókeres.