REGLAMENTO (UE) 2025/783 DEL PARLAMENTO EUROPEO de derechos de aduana adicionales

Publicado: 22 abril, 2025

ARANCELES EEUU

REGLAMENTO (UE) 2025/783 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de abril de 2025 que modifica el Reglamento (UE) 2018/196 por el que se establecen derechos de aduana adicionales sobre las importaciones de determinados productos originarios de los Estados Unidos de América

 

A fin de garantizar procesos eficientes y evitar costes administrativos desproporcionados para la Unión, debe modificarse el Reglamento (UE) 2018/196 para incluir un umbral mínimo por debajo del cual la Comisión no deba ajustar el nivel de suspensión y quede suspendida la aplicación del derecho de importación adicional.

El umbral mínimo ha de establecerse en 30 000 USD de desembolsos efectuados en el marco de la CDSOA en relación con los derechos antidumping o compensatorios pagados sobre las importaciones procedentes de la Unión durante el último año respecto del cual se disponga de datos en el momento considerado, según los datos publicados por las autoridades estadounidenses (Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos). Por debajo de dicho umbral, el derecho de importación adicional, tal como resulta de la fórmula prescrita por la autorización de la OMC, no tendría ninguna repercusión comercial y, por lo tanto, sería insignificante desde el punto de vista económico. También generaría unos costes administrativos desproporcionados para la Unión.

A fin de evitar una carga administrativa desproporcionada y de permitir una aplicación rápida del umbral mínimo, el presente Reglamento debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

 

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