Fecha: 21/07/2021
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Resolución del TEAR de Valencia de 21/07/2021
Criterio:
Se considera procedente mantener la reducción de la sanción en los supuestos de concesión de un aplazamiento/ fraccionamiento, mediante garantÍa hipotecaria inmobiliaria, al demostrar el interesado la imposibilidad de obtener los correspondientes avales bancarios. Se invoca la Doctrina del Tribunal Supremo basada en los principios de buena fe y confianza legítima.
Sentencias del Tribunal Supremo de 17.12.2020 Rec 498/2019 reiterado en STS de 20/01/2021 Rec 890/2018.
Artículos Relacionados
- Las autoliquidaciones complementarias tienen plena eficacia interruptiva de la prescripción del derecho a solicitar la devolución de ingresos indebidos
- El TEAC consagra la inembargabilidad del remanente de pensión bloqueado judicialmente por fuerza mayor
- Actuaciones realizadas por un órgano correspondiente al domicilio