Infracciones y sanciones. Fallecimiento del sujeto infractor antes de la firmeza del acuerdo sancionador. Consecuencias. Extinción de la sanción. STS de 03-06-2020 (rec. núm. 5791/2017).
Fecha: 22/09/2021
Fuente: web de la AEAT
Enlace: Resolución del TEAC de 22/09/2021
Criterio:
De acuerdo con el criterio establecido en la STS de 03-06-2020 (rec. núm. 5791/2017), el fallecimiento del sujeto infractor producido después del acuerdo de imposición de sanción, pero antes de su firmeza, impide cuestionar la legalidad del acto administrativo de imposición de sanción, al haberse producido la extinción de la sanción por el ministerio de la ley.
Artículos Relacionados
- La anulación parcial de sanciones multiperíodo no afecta a las restantes y permite exigir intereses suspensivos sobre las confirmadas
- El TEAC estima la validez de la notificación en domicilio fiscal del contribuyente aunque exista representante
- El Tribunal concluye que el plazo de cuatro años para derivar responsabilidad comienza con la última actuación recaudatoria frente al deudor principal

