Publicadas las 3 sentencias que establecen que el sujeto pasivo en la constitución de una hipoteca es el prestatario.
Sentencia del TS de 27/11/2018- recurso nº 5911/2017
Sentencia del TS de 27/11/2018 – recurso nº 1047/2017
Sentencia del TS de 27/11/2018 – recurso nº 1653/2017
El Tribunal Supremo vuelve a su criterio anterior tras el breve paréntesis que sufrió su jurisprudencia con el fallo de las sentencias de 16, 22 y 23 de octubre de 2018, que han derivado en la declaración de nulidad del segundo párrafo del art. 68 del Reglamento del impuesto RD 828/1995 y, la intervención del Ejecutivo aprobando el RDL 17/2018, de 8 de noviembre, para establecer, pero desde su entrada en vigor, que el sujeto pasivo de estas operaciones es el prestamista.
Artículos Relacionados
- La transmisión de una expendeduría de tabaco tributa por AJD al poder acceder al Registro de Bienes Muebles
- La base imponible del AJD en declaraciones de obra nueva no puede actualizarse por inflación aunque hayan transcurrido décadas desde la construcción
- No está sujeto a AJD la escritura de un contrato anulado porque no concurre el consentimiento de los interesados

